EDITORIAL : Inteligencia Artificial Extraterrestre

La Inteligencia Artificial Extraterrestre es un sistema tecnológico autónomo diseñado por entidades no humanas, con capacidades de aprendizaje, procesamiento de información, y toma de decisiones avanzadas, cuya naturaleza y origen trascienden el conocimiento humano y los límites de la tecnología terrestre.

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enero 10, 2024

Misterio en Miami: Explorando las 10 Posibles Explicaciones para los Aliens Gigantes en el Centro Comercial


Marco G-
 El fenómeno de los aliens gigantes en un centro comercial de Miami ha desatado una oleada de especulación y teorías. 

Y mientras las autoridades locales continúan investigando, exploramos diez posibles explicaciones para este enigma extraterrestre que ha sacudido los cimientos de la realidad cotidiana.

1. Experimento Científico Secreto:

La hipótesis de un experimento gubernamental clasificado gana fuerza. Se sugiere que la presencia de helicópteros de los Hombres de Negro podría indicar la realización de una operación científica secreta que involucra tecnologías avanzadas y manifestaciones holográficas.

2. Proyección Holográfica Avanzada:

La teoría de una proyección holográfica masiva se profundiza al considerar tecnologías holográficas de última generación. ¿Podría un evento tan surrealista ser el resultado de una manipulación visual a escala masiva, diseñada para confundir y asombrar a la población?

3. Manifestación de la Conciencia Colectiva:

La posibilidad de que el avistamiento sea una manifestación física generada por la conciencia colectiva de la humanidad se explora aún más. ¿Podría ser este un fenómeno en el que nuestras expectativas y creencias han creado una realidad momentánea?

4. Experimento Extraterrestre:

La idea de un experimento llevado a cabo por entidades extraterrestres se detalla, explorando la posibilidad de que estos seres estén probando nuestras reacciones ante su presencia. ¿Es Miami simplemente un campo de pruebas para observar nuestras respuestas?

5. Fenómeno Interdimensional:

La teoría de una brecha interdimensional se expande, considerando la posibilidad de que los aliens gigantes hayan entrado momentáneamente en nuestro plano desde una dimensión diferente. ¿Podría esto explicar la aparente inexplicabilidad del evento?

6. Proyecto Blue Beam:

La conspiración del Proyecto Blue Beam se detalla más a fondo, destacando cómo esta teoría sugiere que el gobierno podría estar utilizando tecnologías avanzadas para simular eventos sobrenaturales con motivos ocultos.

7. Manifestación de Energía Psíquica:

Se profundiza en la teoría de la energía psíquica, sugiriendo que eventos paranormales pueden estar vinculados a la concentración de pensamientos intensos. ¿Podría la energía emocional de la población haber dado forma a esta manifestación alienígena?

8. Influencia de Fenómenos Cuánticos:

La posibilidad de que fenómenos cuánticos hayan influido en la realidad observable se explora más a fondo. ¿Podría este evento ser una consecuencia de las complejidades de la mecánica cuántica y su relación con nuestra percepción?

9. Manipulación de la Realidad Virtual:

La manipulación de la realidad virtual se analiza más detenidamente, examinando cómo avances tecnológicos podrían haber creado una experiencia colectiva alterada. ¿Podría el evento en Miami ser una amalgama de realidad y simulación?

10. Comunicación Extraterrestre:

La hipótesis de una comunicación extraterrestre directa se detalla, considerando la posibilidad de que los aliens gigantes estuvieran intentando establecer un diálogo visual impactante con la humanidad. ¿Es este evento parte de un intento de comunicación más allá de nuestro entendimiento?

Conclusiones parciales

A medida que exploramos estas explicaciones más detalladamente, el enigma en torno al evento en el centro comercial de Miami se torna aún más intrigante. Cada posibilidad arroja luz sobre aspectos distintos, llevándonos a reflexionar sobre la verdadera naturaleza de lo que sucedió en ese día extraordinario.



diciembre 30, 2023

Los Mejores Artículos y Editoriales sobre los UAPS del 2023



Marco G- Ha sido un año sensacional donde hemos visto un acelerado crecimiento y gran aceptación de nuestras páginas  , sobretodo de mis análisis e investigaciones que enriquecen, modestia aparte, los claroscuros de la desclasificación extraterrestre encubierta , la misma que desde los años 60s fue puesta en marcha hasta el día de hoy que se ha imbuido la falsa bandera.

A continuación les comparto los enlaces a las diferentes editoriales e investigaciones que pude realizar en este 2023 y que cuidadosamente  he seleccionado para recordarte que alguien en América está dando puntual seguimiento a la falsa bandera de la desclasificación extraterrestre y por supuesto, de otros temas polémicos que verdaderamente han causado desinformación y propaganda.
Reciban un cordial saludo y espero que te sean de utilidad los datos que a continuación te dejo a tu observancia y conclusión. 

Que tenga un Feliz y próspero año 2024

1. Un acercamiento Científico al Informe Anual sobre Fenómenos Aéreos No Identificados ( REVIEW SPANISH EDITION)

2. PENTAGON DOGWATCH: Una Investigación Profunda hacia La Comprensión del Fenómeno UAP y sus Implicaciones Militares


4. PENTÁGONO filtra foto del Globo Espía tomada por un piloto de avion U2

5. Análisis y Conclusiones acerca del Drone secreto Centinela B21 Raider

6. FUNCIONARIOS DE INTELIGENCIA DICEN QUE ESTADOS UNIDOS HA RECUPERADO UNA NAVE DE ORIGEN NO HUMANO

7. A SIGN IN SPACE : Un Mensaje Extraterrestre Simulado

8. Extraterrestres Mantis de tres metros aterrizan en Las Vegas? : VIDEO IMPACTANTE

9. Unidentified Anomalous Phenomena Independent Study Report -SPANISH EDITION

10. SONDAS EXTRATERRESTRES SIGILOSAS DE IA: RECONSIDERANDO EL MISTERIO DE LA UAP

11. Un Millón de Dólares por un Extraterrestre Volando o Caminando

12. WHISTLEBLOWERS: La Defensa Nacional en Peligro de ser Rebasada



15. La Ley de Autorización de Defensa Nacional y las Tecnologías no Humanas o Extraterrestres.




















diciembre 27, 2023

La Ley de Autorización de Defensa Nacional y las Tecnologías no Humanas o Extraterrestres.


Marco G. Haciendo un puntual análisis de las secciones más importantes de la  Ley de Autorización de Defensa Nacional  que tanto impacto legislativo había provocado, me sorprendió ver que el ufólogo y periodista Jaime Maussan hablaba de que el gobierno norteamericano por fin reconocía  las inteligencias y tecnologías no humanas en alusión a los extraterrestres. 
También se atrevió a comparar una ley norteamericana con su trabajo personal y de inmediato nos preguntamos qué tenía que ver la ley con un periodista que utilizó el Congreso mexicano para audiencias privadas en pro de obstruir el control del espacio aéreo mexicano, algo que solamente le corresponde a la Defensa Nacional hacer.
Porqué estar constantemente relacionando una labor periodística con una legislación norteamericana ?, desde mi punto de vista el ufólogo se conduce como si fuera su éxito personal y en realidad es un triunfo militar en el Congreso , victoria que parcialmente le pertenece solamente a los investigadores, militares, generales,asesores y legisladores de los Estados Unidos. 

Su conducta es innecesaria porque de la humildad ha pasado a un egocentrismo que le ha hecho olvidar que , mucho antes que él estuvieron los pioneros de la investigación mexicana como Don Pedro Ferriz y muchos que  fueron los Maestros y los primeros en Mexico y Latinoamerica.
En suma que tienen que ver la política interna norteamericana con los negocios de Jaime Maussan?: Nada, todo es desinformación.
Sin embargo supongamos que la horda de asesores no le han traducido correctamente la ley y los momentos claves que debería saber JaimeMaussan, asi que vamos a comentarle de entrada que lo único que realizó el Presidente Joe Biden fue promulgar un paquete de 886.000 millones de dólares en política de defensa que incluye medidas para contrarrestar la actividad militar china en la región del Indo-Pacífico y peligrosamente ayudar a las fuerzas taiwanesas.

Continuo: las asignaciones contempladas en esta ley en su mayoría son dedicadas a los programas del Departamento de Defensa y construcción militar, así como de seguridad nacional del Departamento de Energía, Departamento de Estado y proyectos de inteligencia.
Según se informó en medios americanos , la Ley de Autorización de Defensa Nacional para el año fiscal hasta septiembre de 2024 incluye nada menos que 14.700 millones de dólares para la Iniciativa de Disuasión del Pacífico, parte de los esfuerzos de los Estados Unidos para mejorar las capacidades militares a través de ejercicios con sus aliados y países socios en la región.
Por supuesto que es importante mencionar que la ley no debe gustarle nada a China cuando se menciona la necesidad de un programa integral de formación y capacitación para el ejército de Taiwán.También dio luz verde a un plan para vender submarinos de propulsión nuclear a Australia en el marco de la denominada asociación trilateral AUKUS, en la que también participa Gran Bretaña.
En esta ley también se aprobó un aumento salarial del 5,2% para los miembros de las fuerzas armadas y los trabajadores civiles, lo cual habla del poder militar en America.

El proyecto de ley fue aprobado por el Senado y la Cámara de Representantes, respectivamente, la semana pasada. La ley permite a Estados Unidos seguir apoyando a Ucrania al ampliar su actual programa de compra de armas y equipos de la industria de defensa hasta finales de 2026.

En concreto, en sus más de 3000 páginas, la ley prevé el fortalecimiento de asociaciones militares en el Indo-Pacífico y Europa con el fin de contrarrestar a China y Rusia, así como mejoras estructurales en bases y cuarteles, aumentos salariales para el personal militar, la compra de nuevas armas y sistemas de defensa antimisiles. La NDAA destina 11 500 millones de dólares a disuadir a Pekín en la región y 800 millones para Ucrania.
La versión aprobada incluye puntos que reflejan la visión de los republicanos, como la prohibición de “la exhibición de cualquier bandera no autorizada, como la bandera LGBTQ , en las instalaciones militares” y la limitación del salario de los empleados del Pentágono que deben promover la diversidad, la igualdad y la inclusión entre los funcionarios.
Además la NDAA también incluye la Sección 702 de la Ley de Vigilancia de Inteligencia Extranjera, conocida como FISA, que permite al Gobierno vigilar dentro de EE.UU. las comunicaciones digitales de personas. La Sección 702, que debía expirar a finales de año, seguirá vigente cuatro meses más.

Así que vamos ahora al punto que nos interesa a todos, demostrar que no existe el lugar, el texto o sección donde supuestamente se habla de tecnologías no humanas, vagas interpretaciones que son desinformaciones vertidas .
Para ello vamos a dar observancia a los diferentes y principales secciones de la Ley que aborda todo lo relacionado con Fenómenos anómalos no identificados.

Nadie en la Ley habla de Aliens o Naves no humanas, eso lo dijeron los Whistleblowers en sus diferentes comparecencias, pero ese plan de la falsa bandera no implica que el Pentágono o el mismo gobierno norteamericano avale la pronta presunción de tecnologías no humanas.
Resulta que evidentemente existen fenómenos que nos conducen a las diferentes teorías sobre las tecnologías extraterrestres , pero el hecho de asegurar que una Ley reconoce tales escenarios hipotéticos es hasta cierto punto un perfecto ejemplo de la manipulación a favor de los intereses personales y no de los intereses del pueblo o las naciones.
Veamos entonces las secciones que abordan dichas posibilidades e hipótesis de cómo podríamos los humanos explicar la serie de fenomenos anomalos no identificados que también pueden ser clasificados  como armas o tecnologías extranjeras. 

A continuación les transcribo lo referente a las secciones que buscan dar paso a una serie de acciones en pro de la correcta clasificación del fenómeno y que indudablemente sienta las bases para una mejor comprensión, prudente y metodológica de un asunto más allá de Jaime Maussan o cualquier otro individuo que busque sacar provecho personal de los esfuerzos de nuestras comunidades científicas y militares.

Ley de Autorización de Defensa Nacional
Subtítulo C: Fenómenos anómalos no identificados

SEGUNDO. 1841. COLECCIÓN DE REGISTROS DE FENÓMENOS ANÓMALOS NO IDENTIFICADOS EN LA ADMINISTRACIÓN DE ARCHIVOS Y DOCUMENTOS NACIONALES.
(a) Colección de registros.--
(1) Establecimiento de colección.--
(A) En general.--A más tardar 60 días después de la fecha de la promulgación de esta Ley, el Archivero comenzará el establecimiento de una colección de anomalías no identificadas fenómenos, tal como dicho término se define en la sección 1673(n)(8) de la Ley de Autorización de Defensa Nacional para el Año Fiscal 2022 (Pública) Ley 117-81; 50 USC 3373), registros en el Archivo Nacional, conocido como "Registros de fenómenos anómalos no identificados".
Recopilación''.
(B) Integridad física.--Al llevar a cabo el subpárrafo (A),el Archivero velará por la integridad física y original procedencia (o si es indeterminada, el propietario histórico más antiguo)de todos los registros de la Colección.
(C) Copias registradas.--La Colección consistirá en copias registradas.
copias de todos los documentos gubernamentales, proporcionados por el gobierno o proporcionados por el gobierno , registros financiados relacionados con fenómenos anómalos no identificados, tecnologías de origen desconocido e inteligencia no humana (o materias equivalentes con cualquier otro nombre con las características específicas y exclusión exclusiva de los objetos temporalmente no atribuidos), que e transmitirá a los Archivos Nacionales de conformidad con la sección 2107 del título 44, Código de los Estados Unidos.
(D) Guía temática.--El Archivero preparará y publicar una guía temática y un índice de la colección.
(2) Contenido.--La Colección incluirá lo siguiente:
(A) Copias de todos los registros de fenómenos anómalos no identificados, independientemente de la edad o fecha de creación--
(i) que hayan sido transmitidos al Archivo Nacional o divulgado al público en una forma no redactada antes de la fecha de promulgación de esta Ley;
(ii) que de otro modo se requiere que hayan sido transmitido a los Archivos Nacionales después de la fecha de la promulgación de esta Ley; o
(iii) cuya divulgación se pospone conforme a este subtitular.
(B) Un directorio central compuesto de ayudas de identificación creado para cada registro transmitido al Archivero bajo artículo 1842(e).

(b) Divulgación de registros. Copias de todos los registros anómalos no identificados.
Registros de fenómenos transmitidos a los Archivos Nacionales para su divulgación al público deberá--
         (1) estar incluido en la Colección; y
         (2) estar disponible para el público--
             (A) para inspección y copia en los Archivos Nacionales dentro de los 30 días siguientes a su transmisión al Servicio Nacional Archivo; y
             (B) digitalmente a través de la base de datos en línea de los Archivos Nacionales
         dentro de un período de tiempo razonable que no exceda los 180 días
         después de eso.
     (c) Derechos por Copiado.--
         (1) En general.--El Archivero deberá--
             (A) cobrar tarifas por copiar copias anómalas no identificadas
         registros de fenómenos; y
             (B) conceder exenciones de dichas tarifas de conformidad con las normas
         establecido por la sección 552(a)(4) del título 5, Estados Unidos
         Código.
         (2) Monto de los honorarios.--El monto de un honorario cobrado por el
     Archivero de conformidad con el párrafo (1)(A) para la copia de un
     registro de fenómenos anómalos no identificados será la cantidad que
     El archivero determine apropiado cubrir los costos incurridos por el
     Archivos Nacionales al realizar y proporcionar dicha copia, excepto que en
     En ningún caso el importe de la tasa cobrada podrá exceder del importe real.
     gastos incurridos por los Archivos Nacionales al realizar y proporcionar
     tal copia.
     (d) Requisitos Adicionales.--
         (1) Uso de los fondos.--La Colección se conservará,
     protegido, archivado, digitalizado y puesto a disposición del público en
     los Archivos Nacionales y a través de los Archivos Nacionales oficiales en línea
     base de datos utilizando asignaciones autorizadas, especificadas y restringidas
     para su uso bajo los términos de este subtítulo.
         (2) Seguridad de los registros.--La Oficina del Programa de Seguridad Nacional en los Archivos Nacionales, en consulta con la Oficina Nacional
     Oficina de Supervisión de la Seguridad de la Información de Archivos, establecerá un programa para garantizar la seguridad de los no identificados pospuestos registros de fenómenos anómalos en el área protegida y aún por ser
     parte divulgada o clasificada de la Colección.
     (e) Supervisión.--
         (1) Senado.--El Comité de Seguridad Nacional y Asuntos Gubernamentales, el Comité de Servicios Armados y el El Comité Selecto de Inteligencia del Senado tendrá continuar la jurisdicción de supervisión legislativa en el Senado con
     respecto a la Colección.
         (2) Cámara de Representantes.--El Comité de Supervisión y
     Responsabilidad, el Comité de Servicios Armados y el Comité Permanente
     Comité Selecto de Inteligencia de la Cámara de Representantes
     tendrá jurisdicción de supervisión legislativa continua en el
     Cámara de Representantes respecto de la Colección.


SEGUNDO. 1842. REVISIÓN, IDENTIFICACIÓN, TRANSMISIÓN AL NACIONAL ARCHIVOS Y DIVULGACIÓN PÚBLICA DE FENÓMENOS ANÓMALOS NO IDENTIFICADOS, REGISTROS DE OFICINAS GUBERNAMENTALES.
     (a) Identificación, organización y preparación para
Transmisión.--
         (1) En general.--Tan pronto como sea posible después de la fecha de la
     Al promulgarse esta Ley, cada jefe de una oficina gubernamental deberá:
             (A) identificar y organizar los registros en posesión del
         Oficina gubernamental o bajo el control de la oficina gubernamental
         relativos a fenómenos anómalos no identificados; y
             (B) preparar dichos registros para su transmisión al Archivero
         para su inclusión en la Colección.
         (2) Prohibiciones.--
             (A) Destrucción; modificación; mutilación.--No identificado
         registro de fenómenos anómalos será destruido, alterado o
         mutilado de cualquier manera.
             (B) Retención; redacción; aplazamiento de la divulgación;
         reclasificación.--No se registran fenómenos anómalos no identificados
         puesto a disposición o divulgado al público antes de la fecha de
         la promulgación de esta Ley podrá ser retenida, redactada o pospuesta
         para divulgación pública, o reclasificados.
             (C) Registros creados por personas o entidades no federales.--No
         registro de fenómenos anómalos no identificados creado por una persona o
         entidad fuera del Gobierno Federal (excluyendo nombres o
         identidades consistentes con los requisitos de la sección 1843)
         serán retenidos, redactados, pospuestos para su divulgación pública,
         o reclasificado.
     (b) Custodia de registros de fenómenos anómalos no identificados pendientes
Revisión.--Durante la revisión por parte de los jefes de las oficinas gubernamentales bajo subsección (c), cada jefe de una oficina gubernamental conservará la custodia de los registros de fenómenos anómalos no identificados de la oficina de fines de conservación, seguridad y eficiencia, a menos que se trate de un tercer registro de agencia descrito en la subsección (c)(2)(C).
     (c) Revisión por los Jefes de Oficinas Gubernamentales.--
         (1) En general.--A más tardar 300 días después de la fecha de la
     promulgación de esta Ley, cada jefe de una oficina gubernamental deberá
     revisar, identificar y organizar cada anomalía no identificada, registro de fenómenos en custodia o posesión del cargo para--
             (A) divulgación al público; y
             (B) transmisión al Archivero.
(2) Requisitos.--Al llevar a cabo el párrafo (1), el jefe de una
     La oficina gubernamental deberá:
             (A) determinar cuáles de los registros de la oficina son
         registros de fenómenos anómalos no identificados;
             (B) determine cuál de los fenómenos anómalos no identificados
         Los registros de la oficina han sido divulgados o hechos oficialmente.
         disponible públicamente en forma completa y sin redactar;
             (C)(i) determinar cuál de las anomalías no identificadas
         registros de fenómenos de la oficina, o información particular
         contenida en dicho registro, fue creada por una tercera agencia o por
         otra oficina gubernamental; y
             (ii) transmitir a una tercera agencia u otra oficina gubernamental
         esos registros, o información particular contenida en esos
         registros, o copias completas y exactas de los mismos;
             (D)(i) determinar si la anomalía no identificada
         registros de fenómenos de la oficina o información particular en
         Los registros de fenómenos anómalos no identificados de la oficina son
         cubiertos por las normas para el aplazamiento de la divulgación pública
         bajo este subtítulo; y
             (ii) especificar la ayuda de identificación requerida por
         subsección (d) la disposición de aplazamiento aplicable contenida
         en el artículo 1841;
             (E) organizar y poner a disposición, previa solicitud, de los jefes de
         Oficinas gubernamentales distintas a la oficina gubernamental con
         custodia, incluida la Oficina de Resolución de Anomalías de Todos los Dominios, todos los registros anómalos no identificados relevantes identificados en
         subpárrafo (D);
             (F) organizar y poner a disposición de los jefes de Gobierno
         oficinas distintas a la oficina gubernamental con custodia,
         incluida la Oficina de Resolución de Anómalas de Todos los Dominios, para
         asistencia con cualquier registro sobre el cual la oficina tenga alguna
         incertidumbre sobre si el registro es un documento no identificado
         registro de fenómenos anómalos regidos por este subtítulo; y
             (G) dar prioridad del trabajo a--
                 (i) la identificación, revisión y transmisión de
             registros de fenómenos anómalos no identificados aún no
             públicamente disponible o divulgado a partir de la fecha de la
             promulgación de esta Ley;
                 (ii) la identificación, revisión y transmisión de
             todos los registros que de manera más inequívoca y definitiva
             pertenecen a fenómenos anómalos no identificados, tecnologías
             de origen desconocido e inteligencia no humana;
                 (iii) la identificación, revisión y transmisión de
             fenómenos anómalos no identificados registra que en la fecha
             de la promulgación de esta Ley son objeto de litigio
             bajo la sección 552 del título 5, Código de los Estados Unidos; y
                 (iv) la identificación, revisión y transmisión de
             registros de fenómenos anómalos no identificados con los primeros
             procedencia cuando no sea incompatible con las cláusulas (i) hasta
             (iii) y por lo demás factible.
(3) Prioridad de revisión acelerada para directores de ciertas
     depositarios de archivos.--El Director de cada depósito de archivos.
     establecido bajo la sección 2112 del título 44, Código de los Estados Unidos,
     tendrá como prioridad la revisión expedita para su divulgación pública
     de registros de fenómenos anómalos no identificados en posesión y
     custodia del depositario, y hará copias de dichos registros
     a disposición de la Oficina de Resolución de Anomalías de Todos los Dominios.
     (d) Ayudas de identificación.--
         (1) En general.--
             (A) Preparación y disponibilidad.--A más tardar 45 días
         después de la fecha de promulgación de esta Ley, el Archivero, en
         consulta con los jefes de oficinas gubernamentales como la
         El archivero considere oportuno, preparará y realizará
         disponible para todas las oficinas gubernamentales un formulario estándar de
         identificación, o ayuda para encontrar, para usar con cada persona no identificada registro de fenómenos anómalos sujetos a revisión bajo este
         subtítulo ya sea en copia impresa (física), en copia electrónica (electrónica),
         o formato de datos digitalizados según sea apropiado.
             (B) Sistema uniforme.--El Archivero se asegurará de que el
         El programa de ayuda para la identificación se establece de tal manera que
         tener como resultado la creación de un sistema uniforme de catalogación
         y encontrar todos los registros de fenómenos anómalos no identificados.
         sujeto a revisión bajo este subtítulo donde sea y cómo sea
         almacenados en copia impresa (física), copia electrónica (electrónica) o
         formato de datos digitalizados.
         (2) Requisitos para oficinas gubernamentales.--Al finalizar un
     ayuda de identificación utilizando el formulario de identificación estándar
     preparado y puesto a disposición conforme al subpárrafo (A) del párrafo (1)
     para el programa establecido de conformidad con el subpárrafo (B) de dicho
     párrafo, el jefe de una oficina gubernamental deberá:
             (A) adjunte una copia impresa a cada documento físico no identificado
         registro de fenómenos anómalos, y una copia electrónica a cada
         Copia electrónica o datos digitalizados. Fenómenos anómalos no identificados.
         registro, la ayuda de identificación describe; y
             (B) adjunte una copia impresa a cada documento físico no identificado
         registro de fenómenos anómalos, y una copia electrónica a cada
         Copia electrónica o datos digitalizados. Fenómenos anómalos no identificados.
         registrar la ayuda de identificación describe, cuando se transmite a
         el archivero.
         (3) Registros de los archivos nacionales que son públicos
     disponibles.--Registros de fenómenos anómalos no identificados que se encuentran en la posesión de los Archivos Nacionales en la fecha de la
     promulgación de esta Ley, y que han estado disponibles públicamente en
     en su totalidad sin redacción, estarán disponibles en el
     Recogida sin revisión adicional por parte de otro autorizado.
     cargo bajo este subtítulo, y no se le exigirá que tenga tal
     una ayuda de identificación a menos que lo requiera el Archivero.
     (e) Transmisión a los Archivos Nacionales.--Cada jefe de un
La oficina gubernamental deberá:
(1) transmitir al Archivero y, lo antes posible, hacer
     a disposición del público, todos los fenómenos anómalos no identificados
     registros de la oficina gubernamental que pueden ser divulgados públicamente,
     incluyendo aquellos que están disponibles públicamente en la fecha de la
     promulgación de esta Ley, sin ninguna redacción, ajuste o
     retención bajo las normas de este subtítulo; y
         (2) transmitir al Archivero una vez aprobado el aplazamiento por
     la autoridad de clasificación original al completar otros
     acción autorizada por este subtítulo, todo anómalo no identificado
     registros de fenómenos de la oficina de gobierno la divulgación pública de
     que haya sido pospuesto, total o parcialmente, según las normas
     de este subtítulo, para pasar a formar parte del área protegida, aún por ser
     parte divulgada o clasificada de la Colección.
     (f) Custodia de fenómenos anómalos no identificados pospuestos
Registros.--Un fenómeno anómalo no identificado registra al público
cuya divulgación se ha pospuesto deberá, en espera de su transmisión a
el Archivero, será retenido por razones de seguridad y conservación por el
organismo de origen hasta el momento en que el programa de seguridad de la información
se ha establecido en los Archivos Nacionales como se requiere en la sección
1841(d)(2).
     (g) Revisión periódica de fenómenos anómalos no identificados pospuestos
Registros.--
         (1) En general.--Todos los registros pospuestos o redactados serán
     revisado periódicamente por la agencia de origen y el Archivero.
         .(2) Requisitos.--
             (A) Divulgación pública.--Una revisión periódica según el párrafo
         (1) abordará la divulgación pública de información adicional
         Registros de fenómenos anómalos no identificados en la Colección.
         bajo las normas de este subtítulo.
             (B) Descripción escrita del motivo no clasificada.--Todos
         Se determinan registros pospuestos de fenómenos anómalos no identificados
         Para exigir un aplazamiento continuo se requerirá una decisión no clasificada.
         descripción escrita del motivo de dicha continuación.
         aplazamiento relevante para estos registros específicos. Semejante
         La descripción se proporcionará al Archivero y se publicará en
         el Registro Federal tras su determinación.
             (C) Revisión periódica; degradación y desclasificación de
         información.--El Archivero establecerá requisitos para
         revisión periódica de fenómenos anómalos no identificados pospuestos
         registros que servirán para degradar y desclasificar
         información.
             (D) Fecha límite para la divulgación completa.--Cada uno no identificado
         El registro de fenómenos anómalos se hará público en su totalidad.
         y disponible en la Colección, a más tardar en la fecha en que
         es 25 años después de la fecha de la primera creación del registro
         por el organismo de origen, a menos que el Presidente certifique que:
                 (i) la continuación del aplazamiento se hace necesaria debido a una
             daño identificable a la defensa militar, inteligencia
             operaciones, aplicación de la ley o conducta de autoridades extranjeras.
             relaciones; y
                 (ii) el daño identificable es de tal gravedad que
             pesa más que el interés público en la divulgación.
(h) Requisitos para Agencias Ejecutivas.--
         (1) En general.--Los jefes de las agencias ejecutivas deberán--
             (A) transmitir registros digitales electrónicamente de acuerdo
         con la sección 2107 del título 44, Código de los Estados Unidos;
             (B) cobrar tarifas por copiar copias anómalas no identificadas
         registros de fenómenos; y
             (C) conceder exenciones de dichas tarifas de conformidad con las normas
         establecido por la sección 552(a)(4) del título 5, Estados Unidos
         Código.
         (2) Monto de los honorarios.--El monto de un honorario cobrado por el jefe de una agencia ejecutiva de conformidad con el párrafo (1)(B) para la copia de
     un registro de fenómenos anómalos no identificados será la cantidad que
     el jefe determine apropiado para cubrir los costos incurridos por el
     Agencia ejecutiva al hacer y proporcionar dicha copia, excepto que en
     En ningún caso el importe de la tasa cobrada podrá exceder del importe real.
     gastos incurridos por la Agencia Ejecutiva al realizar y proporcionar
     tal copia.

SEGUNDO. 1843. MOTIVOS DE APLAZAMIENTO DE LA DIVULGACIÓN PÚBLICA DE REGISTROS DE FENÓMENOS ANÓMALOS NO IDENTIFICADOS.
     (a) Determinación de Aplazamiento.--Además de las decisiones pertinentes
autoridades en la Orden Ejecutiva 13526, divulgación de datos no identificados
registros de fenómenos anómalos o información particular en archivos no identificados.
Los registros de fenómenos anómalos al público podrán posponerse sujeto a las limitaciones de este subtítulo si la clasificación original autoridad determina que existe evidencia clara y convincente evidencia de que--
         (1) la amenaza a la defensa militar, la inteligencia
     operaciones o conducta de las relaciones exteriores de los Estados Unidos
     planteada por la divulgación pública de anomalías no identificadas
     El registro de fenómenos es de tal gravedad que pesa más que el público.
     interés en la divulgación, y dicha divulgación pública revelaría:
             (A) un agente de inteligencia cuya identidad actualmente requiere
         proteccion;
             (B) una fuente o método de inteligencia que actualmente
         utilizado, o razonablemente esperado que sea utilizado, por el Gobierno Federal.
         Gobierno y que no ha sido divulgado oficialmente, el
         cuya divulgación interferiría con la conducta de
         actividades de inteligencia; o
             (C) cualquier otro asunto actualmente relacionado con el ejército
         defensa, operaciones de inteligencia o conducta de operaciones extranjeras.
         relaciones de los Estados Unidos, cuya divulgación
         perjudicar de manera demostrable y sustancial la seguridad nacional de
         los Estados Unidos;
         (2) la divulgación pública de la anomalía no identificada
     registro de fenómenos violaría la sección 552a del título 5, United
     Código de Estados Unidos (denominado "Ley de Privacidad de 1974");
         (3) la divulgación pública de la anomalía no identificada
     razonablemente se podría esperar que el registro de fenómenos constituya
     invasión injustificada de la privacidad personal, y esa invasión de
     la privacidad es tan sustancial que pesa más que el interés público; o
         (4) la divulgación pública de la anomalía no identificada
     registro de fenómenos comprometería la existencia de una comprensión
     de confidencialidad que actualmente requiere protección entre una autoridad federal
     Agente del gobierno y un individuo cooperante o un extranjero.
     gobierno, y la divulgación pública sería tan dañina que
     pesa más que el interés público.
(b) Retiro de Registros.--Altos funcionarios de la agencia designados en
de acuerdo con la Orden Ejecutiva 13526 o cualquier Orden sucesora puede
retirar registros de la Colección que se determine que no son
relacionados con fenómenos anómalos no identificados y debidamente clasificados.
El alto funcionario de la agencia debe notificar a los líderes del Congreso y
los comités de supervisión del Congreso, como se identifica en la sección 1841(e),
a más tardar 60 días antes de que se retire cada registro.
     (c) Notificación del Congreso sobre el aplazamiento de la divulgación.--En
el caso de que la revelación de fenómenos anómalos no identificados
registros o información particular en fenómenos anómalos no identificados
los registros al público son pospuestos por una agencia ejecutiva, el jefe de
La agencia ejecutiva notificará a los líderes del Congreso y a la
comités de supervisión del Congreso, como se identifica en la sección 1841(e),
dentro de los 15 días siguientes a dicha decisión con un motivo para el aplazamiento de divulgación.




noviembre 29, 2023

CIA Global Access


Marco G.- Un nuevo personaje ha llegado al enigma de los UAPs , whistleblowers, oficinas secretas, operaciones militares clasificadas y falsas banderas sembradas desde Inglaterra, y es que fue un medio británico  donde se inició la cobertura mediática acerca de una Oficina de Accesos Globales a los aterrizajes , derribos y hasta estrellamientos de OVNIS hoy llamados UAPs

Nos referimos a la CIA y la implicación mediática que les significa manejar presuntamente una Oficina de Accesos Globales encargada aparentemente de recuperar y proteger tecnologías extraterrestres sustraídas de OVNIS estrellados o encontrados en el planeta Tierra.
Las extraordinarias versiones fueron ventiladas por fuentes clones de David Grush y precisamente fueron ellos quienes le aseguraron al diario inglés Daily Mail que la CIA tenía una Oficina de Acceso Global (OGA), una especie de Ala y/o Rama supuestamente de la Dirección de Ciencia y Tecnología de la Agencia Central de Inteligencia (CIA), y que según los nuevos Whistleblowers ha sido la encargada de coordinar  operaciones ultrasecretas desde el año 2003.
Una de las tres fuentes que han solicitado anonimato porque consideran estar en peligro su vida, aseguró al Daily que la CIA posee un sistema para detectar OVNIS aún camuflados y que, en caso de aterrizaje o accidente, la CIA en conjunto con  unidades militares especiales se activan para recuperar los restos.

Las denuncias nos obligan a citar aquella declaración del ex líder de la mayoría en el Senado, Harry Reid, quien claramente indicó que Lockheed Martin podría estar involucrada en el almacenamiento de materiales potencialmente alienígenas. 
Y hasta nos parece que las revelaciones de los nuevos Whistleblowers en el Daily Mail curiosamente desvían la atención de las operaciones secretas que aparentemente ha estado realizando Lookheed Martin... coincidencia?
Según los nuevos Whistleblowers, los restos recuperados por la CIA nunca permanecen bajo el control militar ya que son entregados a contratistas aeroespaciales privados para su análisis y de esta forma poder evitar un  registro oficial que llegue a los medios.

Muchos Whistleblowers
Y precisamente sobre estos sopladores de contenidos en un medio británico, resulta que también apareció un ex miembro del equipo SEAL quien confirmó al Daily Mail que existían operaciones coordinadas efectivamente por la CIA enfocadas en recuperar armas de gran valor, y aunque admitió haber recuperado tecnologías avanzadas, nunca confirmó que estas tuvieran un origen extraterrestre.
Y Whistleblowers no solamenteson un ex-empleado o un anonimo, tambien puede ser como el líder de la mayoría del Senado, Chuck Schumer, quien copatrocinó un proyecto de ley para permitir la divulgación de “tecnologías recuperadas de origen desconocido y evidencia biológica de inteligencia no humana”.

Anteriormente otro Whistleblower que se sumó  a las voces de revelación fue el fallecido experto de la CIA, Jeffrey Richelson, quien escribió en su libro de 2016, The US Intelligence Community, que la ahora citada Oficina de Acceso Global si ayudó a proporcionar "capacidad de recopilación a nivel mundial"a la CIA.

Doug Wolfe fue otro whistleblower personaje que ayudaria a establecer la Oficina de Acceso Global de la CIA en 2003 y hasta fue su subdirector.     Wolfe gestionó “programas de acceso sin previo aviso que brindan inteligencia desde las áreas denegadas más desafiantes”, según una breve biografía publicada en una conferencia a la que asistió en 2017.

Una biografía de 255 palabras del ex subdirector de la OGA, Doug Wolfe (en la foto), publicada en una conferencia aeroespacial en 2017, también dice que "ayudó a iniciar la Oficina de Acceso Global". 
La biografía de Wolfe agrega crípticamente que él "fue responsable de liderar y administrar programas estratégicos de acceso sin previo aviso que brindan inteligencia desde las áreas denegadas más desafiantes" y "sirvió como gerente de programa con responsabilidad para la adquisición del sistema de extremo a extremo de una nueva fuente innovadora".
Al respecto otras dos fuentes dijeron a DailyMail.com que la OGA coordina con Fuerzas de Operaciones Especiales como los equipos SEAL o Delta Force bajo el Comando Conjunto de Operaciones Especiales (JSOC) del Pentágono, o expertos en armas nucleares como el Equipo de Apoyo a Emergencias Nucleares (NEST), para recolectar las naves estrellada o aterrizadas. 

Sin embargo otra fuente que informó a los miembros del Congreso sobre supuestas recuperaciones de accidentes, dijo que el Equipo de Apoyo a Emergencias Nucleares NEST no había estado involucrado en ninguna de estas operaciones.

Por cierto La Oficina de Acceso Global is existe y se encuentra dentro de la dirección de Ciencia y Tecnología de la CIA, una de las cinco direcciones de la agencia según un organigrama no clasificado de 2015.
Y como resultó lógico las filtraciones han permeado en todos los medios, quienes palabras o menos citan simultáneamente que el informe del diario británico Daily Mail señala a empleados internos de gobierno que han sugerido que la CIA, a través de la OGA, ha orquestado la recuperación y el almacenamiento encubierto de estas supuestas naves extraterrestres. 
Un informante reveló que: "Hay al menos nueve ovnis, con diferentes circunstancias para cada uno. Algunos están dañados por accidentes, mientras que dos están completamente intactos". 

Las fuentes no pudieron dar detalles sobre lo que hay dentro de las supuestas naves espaciales extraterrestres, pero dijeron que se trata de “tecnología avanzada” que podría cambiar el mundo si se revelara. 

Afirman que algunas de las naves tenían “sistemas de propulsión ” que no usaban combustible ni electricidad, sino que funcionaban con “ algún tipo de energía desconocida ”. 

Además, algunas tenían “ sistemas de control ” que no requerían botones ni pantallas, sino que respondían al “ pensamiento ” o a la “ intención ” del piloto. 

Las fuentes también confesaron que no sabían si se habían encontrado restos biológicos o seres vivos de origen extraterrestre.

En ese contexto, se informa que el sofisticado sistema de la CIA permite la detección de OVNIs encubiertos y activa el envío de unidades militares especiales para operaciones de sustracción cuando estas naves "no humanas" aterrizan, se estrellan o son derribadas por la intervención humana o desconocida.
Si bien la mayoría de las misiones de OGA implican tareas de recuperación convencionales, como es recuperar armas nucleares o satélites caídos, algunas supuestamente se centran en la recuperación de ovnis, informó el Daily Mail.

El informe del Daily Mail citó fuentes que afirman que el objetivo principal de la CIA es asegurar rápidamente los ovnis y proteger el secreto que los rodea ( se habla de la recuperacion de 9 ovnis encontrados en paises como Rusia, China, Afganistán, Irak, Sudáfrica, Australia , México y E.U.)
Sobre esto el whistleblower David Grusch reiteró en sus afirmaciones, que había paralelismos entre la situación actual y el Proyecto Manhattan de la década de 1940 que no sabían que estaban trabajando con bombas atómicas.
La gravedad de las afirmaciones sobre ovnis ocultos en búnkeres secretos se refleja en la atención de los principales legisladores. 
Ley Schumer
Finalmente hablemos del problemático proyecto de ley de Schumer, cuya posible inclusión está prevista como enmienda al proyecto de ley de gasto militar de 2024, y que tiene como objetivo proporcionar al público estadounidense información sobre "tecnologías de orígenes desconocidos, inteligencia no humana y fenómenos inexplicables", según el comunicado de prensa de Schumer de julio.

Otro que también aparece en la escena fue el congresista republicano de Missouri Eric Burlison, quien forma parte de un grupo que aboga por una mayor transparencia sobre los ovnis quizas Whistleblowers  y que ve estas afirmaciones como un catalizador para una mayor investigación. 

Burlison dijo a DailyMail: "Estos son los programas específicos sobre los que hemos estado tratando de obtener información, pero ha sido difícil debido a la falta de detalles por parte de Grusch o del Inspector General de la Comunidad de Inteligencia".

...CONTINUARA, INVESTIGACIÓN EN DESARROLLO

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